El agua es un recurso indispensable para el mantenimiento de los ecosistemas naturales y de nuestra calidad de vida. Ante esta realidad, se hace imprescindible replantearse la gestión del agua que realizamos y avanzar hacia un modelo más sostenible y eficiente. Este objetivo, establecido en las normas europeas e incorporado a la legislación española, es además el reflejo de una exigencia social: el derecho a disfrutar de un medio ambiente sano. Es por ello imprescindible realizar una completa y correcta depuración de las aguas residuales, aplicando los procesos necesarios para obtener aguas de excelente calidad tanto para ser reincorporadas al medio natural como para su reutilización en usos posteriores. En este contexto, el Plan Nacional de Depuración, Saneamiento, Eficiencia, Ahorro y Reutilización (Plan DSEAR) emerge como una herramienta fundamental para abordar los desafíos actuales y futuros en la gestión del agua en España.

El Plan DSEAR: Un Instrumento de Gobernanza para la Gestión Hídrica
El Plan DSEAR constituye un instrumento de gobernanza en el ámbito de la Administración pública del agua. Mediante este plan, se establece un análisis crítico respecto a las dificultades con que dicha Administración se enfrenta en los sectores de la depuración, el saneamiento y la reutilización del agua residual en España. Además, identifica la problemática detectada sobre estos temas y desarrolla propuestas de mejora realistas y pragmáticas para su superación, abordables desde la propia Administración. Este plan es una planificación complementaria a los planes hidrológicos de cuenca, en el sentido indicado en el artículo 13.5 de la Directiva Marco del Agua.
El Plan DSEAR fue preparado por la Dirección General del Agua entre los años 2018 y 2020. Posteriormente, se elaboró un informe sobre el proceso participativo, analizando y dando respuesta a las propuestas, observaciones y sugerencias presentadas. Se incorporaron en la propuesta del Plan DSEAR aquellas que se consideraron procedentes. Esta propuesta ajustada tras la consulta pública fue presentada en el Consejo Nacional del Agua para su discusión y valoración.

Marco Normativo y Justificación del Plan
La aprobación del Real Decreto 1620/2007, de 7 de diciembre, por el que se establece el régimen jurídico de la reutilización de las aguas depuradas, ha supuesto un hito en el marco normativo de la reutilización de aguas en España. El Plan Nacional de Reutilización de Aguas surge pues como una nueva herramienta de gestión que consigue incrementar la garantía de suministro para los usos ya consolidados y mejorar el aprovechamiento de las aguas mediante la sustitución de aguas prepotables por aguas regeneradas.
El Plan DSEAR pretende incorporar, en los planes hidrológicos del tercer ciclo, procedimientos mejorados y metodologías de trabajo alineadas y enfocadas al cumplimiento de los objetivos de la planificación hidrológica, principalmente en los ámbitos de la depuración, el saneamiento y la reutilización de las aguas residuales regeneradas. En paralelo, y de acuerdo con lo establecido en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el Plan DSEAR ha sido objeto de una evaluación ambiental estratégica ordinaria.
Se hace referencia a la Directiva 91/271/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas, de modo que se contemple todo el acervo comunitario que debe de cumplirse para la consecución de los objetivos medioambientales de las masas de agua y zonas protegidas.
Procedimientos de Infracción y Necesidad de Mejora
La Dirección General del Agua ha sometido el borrador del Plan DSEAR y su estudio ambiental estratégico a un proceso participativo, que ha incluido su puesta a disposición del público para recabar sus opiniones; la consulta a las administraciones afectadas y al público interesado, determinados por el órgano ambiental del procedimiento de evaluación estratégica; y dos actividades participativas adicionales, consistentes en una encuesta-web y en la celebración de un webinar (conferencia web). Tras los 45 días de información y consulta pública, se recabaron todas las propuestas, observaciones y sugerencias recibidas.
El retraso en la ejecución de las medidas es especialmente preocupante en las temáticas que dan nombre a este Plan, lo que ha motivado, entre otros efectos, que existan varios procedimientos de infracción abiertos por la Comisión Europea (CE) contra el Reino de España, e incluso que existan sentencias condenatorias, algunas de las cuales obligan al pago de sanciones económicas de importancia. Los últimos datos notificados por España a la Comisión Europea ponen de manifiesto que más de 500 aglomeraciones urbanas españolas todavía no alcanzan su conformidad con la Directiva 91/271/CEE, de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
Como resultado del Plan DSEAR, se espera que la revisión en curso de los planes hidrológicos pueda contar con procedimientos de trabajo mejorados y bien alineados. En particular, los trabajos del Plan DSEAR permitirán establecer unos programas de medidas mejor dimensionados, que incorporen una adecuada priorización de actuaciones y que resulten eficaces para alcanzar los objetivos ambientales y socioeconómicos requeridos en la fecha deseada.
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Proceso de Elaboración y Participación Pública
El Plan DSEAR es el resultado de más de tres años de trabajo en los que la participación de numerosas personas que representan a todos los ámbitos de la administración, de los sectores, de la sociedad, así como expertos, científicos, y jurídicos relacionados con el agua, ha sido fundamental para su diseño, permitiendo incorporar el mejor conocimiento disponible y abordando discusiones sobre temas que se antojan complejos.
En el proceso de consulta pública formal se recibieron 61 escritos de alegaciones que pueden desagregarse en un total de 934 alegaciones de detalle con propuestas, observaciones o sugerencias. Adicionalmente y de forma paralela, se preparó una encuesta-formulario para recabar el grado de acuerdo y comentarios respecto al borrador del Plan DSEAR que pudiera ser realizada por cualquier persona interesada, a través de la cual se han recabado un total de 105 contribuciones. En total, se han recibido 1.126 contribuciones mediante las tres vías de participación pública, las cuales han sido analizadas y respondidas en el «Informe de participación pública del borrador del Plan DSEAR y de su estudio ambiental estratégico», al que puede accederse a través de la sección del Plan DSEAR en el portal web del Departamento.
Como resultado del proceso anterior, se ha elaborado un informe de participación pública donde se recopilan, analizan y responden motivadamente las contribuciones recibidas. Autora: Dra. Eva Blasco Hedo. Fuente: Orden TED/801/2021, de 14 de julio, por la que se aprueba el Plan Nacional de depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro y reutilización (BOE núm.
Estructura y Contenido del Plan
El Plan DSEAR se estructura en varios apartados clave para abordar de manera integral la problemática del agua:
I. Introducción.II. Resultado de la integración en la propuesta final del Plan DSEAR de los aspectos ambientales y del estudio ambiental estratégico.III. Procedimiento seguido para la toma en consideración en el plan DSEAR del estudio ambiental estratégico, de los resultados de la información pública y de las consultas, incluyendo en su caso las consultas transfronterizas y la declaración ambiental estratégica, así como, en su caso, las discrepancias que se hayan producido a lo largo del proceso de planificación.IV. Motivos determinantes de la elección de la alternativa seleccionada, en relación con las alternativas consideradas.
La Declaración Ambiental Estratégica (DAE) del Plan DSEAR incorpora además una serie de determinaciones ambientales referidas a varias de las propuestas desarrolladas en el Plan DSEAR. En efecto, por un lado, mediante el sometimiento del Plan DSEAR a evaluación ambiental estratégica se asegura la integración en el Plan de los aspectos ambientales. En el marco de este procedimiento, en el estudio ambiental estratégico se han identificado y evaluado los posibles efectos significativos sobre el medio ambiente de la aplicación del Plan a través del análisis de alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables.

Alternativas y Objetivos del Plan DSEAR
El Plan DSEAR considera dos alternativas principales:
- Alternativa 0: Consiste en mantener la planificación hecha en los planes hidrológicos de 2.º ciclo, y presupone cumplir con los programas de medidas planteados en los mismos y en los horizontes fijados, sin que se adopten medidas diferentes a las ya adoptadas.
- Alternativa 1 o DSEAR: Se ha planteado como aquella que, respecto a los problemas importantes recogidos en los Esquemas de Temas Importantes (ETIs) de los planes hidrológicos, tiene relación directa con las temáticas del Plan DSEAR y marca la previsible evolución del problema planteando soluciones que permitan la consecución de los objetivos ambientales en 2027. El objetivo de esta alternativa es superar las barreras de gobernanza que impiden la ejecución de las actuaciones previstas en los programas de medidas y avanzar en el cumplimiento de los objetivos ambientales de las masas de agua y zonas protegidas.
Cumplimiento de Requisitos y Mejora de Actuaciones
El Plan DSEAR establece un procedimiento para priorizar las medidas de depuración, saneamiento y reutilización que debe realizar la Administración General del Estado. Mejora la definición de las actuaciones que deban ser consideradas de Interés General del Estado.
Se contempla la reducción de nutrientes N, P (tratamiento terciario) y la reutilización de nutrientes. Sin embargo, se identifica una problemática cuando el aumento en la disponibilidad del recurso derivado de la reutilización no supone la disminución equivalente de las extracciones originales de las masas de agua superficiales o subterráneas, lo que neutraliza el ahorro neto esperado y genera un aumento en la presión por extracciones. En el caso de las actuaciones de reutilización dirigidas al logro de los objetivos ambientales, la brecha ha de medirse respecto a la reducción de las extracciones en la masa que no cumple sus objetivos ambientales por presión de extracción. En condiciones de equilibrio, estos nutrientes son buenos para un ecosistema acuático.
El Plan DSEAR también considera los efectos positivos que el ahorro y la eficiencia energética tienen en la reducción de emisiones de GEI, incorporando varias menciones en el texto y un nuevo apartado 3.4.4.
Publicidad y Acceso a la Información
Dado el carácter público del Plan Nacional de Depuración, Saneamiento, Eficiencia, Ahorro y Reutilización (Plan DSEAR), cualquier persona podrá consultar su contenido íntegro, en los términos previstos en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, así como en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
A los efectos de garantizar el cumplimiento de la exigencia complementaria de publicidad contenida en el artículo 26.2 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, entre los anejos del Plan Nacional de Depuración, Saneamiento, Eficiencia, Ahorro y Reutilización (Plan DSEAR) se incluye la Declaración Ambiental Estratégica correspondiente. La DAE amplía el programa de seguimiento presentado en el estudio ambiental estratégico, solicitando que se complete tanto respecto a su ámbito de aplicación como al sistema de indicadores que se propone. En relación con el seguimiento de las medidas priorizadas, establece la DAE que sea realizado respecto a cada plan hidrológico. El objetivo de este seguimiento es evaluar la efectividad de dichas medidas priorizadas.
Información sobre Proveedores de Servicios (Contexto Web)
En el contexto de la información proporcionada, se mencionan varias entidades que prestan servicios relacionados con la gestión y mantenimiento de la presencia en línea de la entidad promotora del Plan:
- AGUASRESIDUALES.INFO, S.L.: Provisto con CIF B06654271. Las páginas de Internet de www.aguasresiduales.info pueden contener enlaces (links) a otras páginas de terceras partes que www.aguasresiduales.info no puede controlar.
- Grupo Ático34, SL: Con domicilio en Paseo de la Castellana, 95, 15 - C.P. 28046 Madrid con CIF B-87186177, presta servicios de Consultoría en Materia de Protección de datos.
- Eenda Works: Con domicilio en C/ Delta 1, Oficinas 11-12, 11500 El Puerto de Santa María - Cádiz con NIF 44967676 P, presta servicios de mantenimiento web y servidores y marketing on-line.
- GyC Consultoría Integral de Empresas SL: Con domicilio en Paseo de las Palmeras nº1 - 1º, C.P. 06120 Oliva de la Frontera - Badajoz con CIF B06487037, presta servicios de consultoría y asesoría fiscal y jurídica.
- ITOP TRAINING ADVANCED SL: Con domicilio en C/ Rumanía nº 20, C.P.
Estas menciones, si bien detallan la estructura de servicios que apoyan la difusión de información relacionada con el agua, no forman parte del contenido sustantivo del Plan DSEAR en sí mismo, sino que contextualizan el entorno digital desde donde se accede a dicha información.

Novedades y Compromisos Futuros
En noticias recientes, se destaca la renovación del compromiso entre Promedio y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir para la depuración de las aguas. La Diputación de Badajoz y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) han renovado su compromiso por la depuración de las aguas residuales en los municipios. Además, Promedio ha puesto en marcha la depuradora de Malcocinado, siendo esta la cuarta obra ejecutada del Plan Depura, lo que indica un avance concreto en la implementación de infraestructuras de tratamiento de aguas residuales. La Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Malcocinado ya está en funcionamiento bajo la gestión del Consorcio Promedio.
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